Traigo ahora una pregunta y/o sugerencia
A como está diseñado actualmente el sistema para el caso de de los consignatarios, cumple realmente con el objetivo? o hay una regla fiscal al respecto que justifique que la operación se realice de ese modo?
En la mayoría de los casos con los que me he encontrado en el día a día, el escenario mas común es :
El emisor entrega la mercancía a una tienda X , un vendedor comisionista que sale a vender a ruta, a amazon como un escaparate, etc. hasta éste momento se ha elaborado el pedido y la remisión para descontar el inventario, pero resulta que el emisor debe elaborar las distintas facturas a un RFC inscrito o Genérico, sin embargo a la remisión le corresponde una sola factura, es decir, desde la remisión no se puede facturar una parcialidad a los clientes finales, es factible que así como se agregan consignatarios al cliente , pueda haber una función viceversa para que haga realmente la función de consignatario o más viable que una entrega le correspondan varias facturas?
Como diría una contadora , es solo poner ahí que diga "facturar en forma parcial" 😄