¡Hola Explorador! 🧭
Nos informan que el SAT ha intensificado sus revisiones y ahora puede restringir o cancelar los Certificados de Sellos Digitales (CSD) cuando detecta facturas que aparentan la venta de combustibles, aun cuando se trate de errores administrativos.
Ejemplo:
Si en un CFDI se describen conceptos como “suministro de diésel” o “venta de gasolina”, la autoridad puede interpretar que existe enajenación de hidrocarburos y exigir obligaciones como controles volumétricos. De no cumplirse, paralizar la operación de tu empresa.
En muchos casos, las empresas no venden combustibles; simplemente cometieron un error al describir el servicio. Sin embargo, la consecuencia es grave: la suspensión de sellos y la imposibilidad de facturar.
Recomendaciones:
Evita usar términos como “suministro” o “venta” si no existe transmisión de propiedad.
Asegúrate de que el CFDI refleje la verdadera naturaleza del servicio o producto.
Cancela y sustituye facturas con descripciones incorrectas.
Conserva contratos y evidencia que respalden la operación real.
Te invito a revisar tus procesos de facturación y corregir (de inmediato) cualquier descripción que pueda interpretarse como venta de combustibles, así evitarás riesgos operativos, financieros y legales.
-Max 🐰